Semana de Junio ​​27, 2011

A continuación se presenta un resumen de las acciones interpuestas en materia de legislación que CALCASA está siguiendo actualmente al 27 de junio. La lista incluye proyectos de ley que CALCASA apoya y se opone. Incluimos enlaces a cada factura, para que puedas leer el texto. Ayuda a CALCASA a impulsar nuestra agenda legislativa inscribiéndote y Tomando Acción!
AB 12 (Swanson D) Ley de Abolición del Comercio, Explotación y Esclavitud Sexual Infantil de 2011.
Estatus 6/27/2011-En Asamblea. Encargado de Engrosar y Matricular.
Ubicación: 6/27/2011-A. INSCRIPCIÓN
Resumen:
Promulgaría la Ley de Abolición del Comercio, la Explotación y la Esclavitud Sexual Infantil de 2011, y requeriría que una persona condenada por procurar o procurar los servicios sexuales de una prostituta, si la prostituta es menor de 18 años, sea se le ordenó pagar una multa adicional que no exceda los $25,000 que estarán disponibles según la asignación de la Legislatura para financiar programas y servicios para menores explotados sexualmente comercialmente en los condados donde se cometen los delitos subyacentes.
AB 13 (Knight R) Voluntarios de escuelas públicas.
Estatus 6/29/2011-En comisión: Fijar segunda audiencia. Pasaje fallido. Reconsideración concedida.
Ubicación: 6/29/2011-S. E.D.
Resumen:
Especificaría que cada una de estas disposiciones se aplica a las escuelas chárter. El proyecto de ley también autorizaría a un distrito escolar, a la oficina de educación del condado o a una escuela chárter a solicitar a una agencia local de aplicación de la ley que realice una verificación automatizada de los registros de un posible asistente voluntario no docente para determinar si esa persona ha sido condenada por un delito grave controlado. ofensa de sustancia que involucra a un menor o un delito mayor violento o grave, como se especifica. El proyecto de ley también prohibiría que las personas que hayan sido condenadas por delitos violentos o graves, delitos sexuales específicos o delitos graves con sustancias controladas, según se especifique, se desempeñen como ayudantes voluntarios no docentes, pero establecería que no se prohibiría que una persona se desempeñara como asistente ayudante voluntario no docente únicamente debido a una condena por un delito de sustancias controladas que involucre a un menor o un delito mayor violento o grave 5 años después de la fecha de dicha condena . Este proyecto de ley contiene otras leyes vigentes.

AB 90 (Swanson D) Trata de personas: menores.
Estatus 6/27/2011: del presidente del comité, con enmiendas del autor: enmendar y volver a remitir al comité. Leída por segunda vez, enmendada y referida nuevamente a Com. en la PUB. S.
Ubicación: 6/27/2011-S. PUB. S.
Resumen:
La ley actual, la Ley de Control de Ganancias del Crimen Organizado de California, establece el procedimiento para el decomiso de bienes y ganancias adquiridas a través de un patrón de actividad delictiva de especulación, como se especifica, y requiere que la fiscalía presente una petición de decomiso junto con ciertos delitos. cargos Según la ley actual, la actividad de lucro delictivo se define para incluir delitos específicos, incluida la trata de personas. Este proyecto de ley incluiría dentro de la definición de actividad criminal de especulación cualquier delito en el que el perpetrador induce, alienta o persuade, o provoca a través de la fuerza, el miedo, la coerción, el engaño, la violencia, la coacción, la amenaza o la amenaza de daño ilegal a la víctima o a otra persona, una persona menor de 18 años para participar en un acto sexual comercial. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones conexas y otras leyes vigentes.
AB 116 (Comisión de Presupuesto) Seguridad pública.
Estatus 6/29/2011-Leído por segunda vez. Ordenado a tercera lectura.
Ubicación: 6/29/2011-S. TERCERA LECTURA
Resumen:
La ley actual crea el Consejo de Emergencia de California que consta de ciertos miembros y le asigna ciertos poderes y deberes. Este proyecto de ley, a partir del 1 de enero de 2012, eliminaría el Consejo de Emergencia de California y facultaría a la Agencia de Manejo de Emergencias de California para servir como el consejo estatal de desastres para los propósitos del Acuerdo Maestro de Ayuda Mutua de Defensa Civil y Desastres de California. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones conexas y otras leyes vigentes.
AB 178 (Gorell R) Cárcel del condado: liberación de conformidad con una orden judicial federal.
Estatus 6/28/2011-En comisión: Fijado, primera audiencia. Testimonio tomado. Se fijará más audiencia.
Ubicación: 6/28/2011-S. PUB. S.
Resumen:
Requeriría que un acusado que está siendo puesto en libertad antes de la sentencia por parte del personal de la cárcel del condado, de conformidad con una orden judicial o una política que exige la liberación de reclusos, firme un acuerdo de liberación con los mismos requisitos que los correspondientes a un acusado que es puesto en libertad bajo su o su propio reconocimiento, incluida la promesa del acusado de comparecer en el momento y lugar que el personal de la cárcel le dé por escrito en el momento de la liberación. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones conexas y otras leyes vigentes.
AB 239 (Amiano D) Laboratorios de criminalística: fiscalización.
Estatus 6/28/2011-Leído por segunda vez y enmendado. Re-referido a Com. en APR.
Ubicación: 6/28/2011-S. APROX.
Resumen:
Requeriría que el grupo de trabajo de revisión de laboratorios criminalísticos se vuelva a convocar y presente a la Legislatura un informe complementario, el 1 de julio de 2013 o antes, que incluya una propuesta sobre la composición de un organismo de supervisión estatal para realizar tareas relacionadas con los laboratorios criminalísticos, incluida la supervisión de investigaciones sobre actos de mala conducta o negligencia cometidos por cualquier empleado o contratista de un laboratorio criminalístico, según se especifique. El proyecto de ley incluiría una declaración de conclusiones y declaraciones legislativas.
AB 288 (Fong D) Educación postsecundaria pública: colegios comunitarios: audiencia de expulsión.
Estatus 6/27/2011-En comité: Colocado en APROB. archivo de suspenso.
Ubicación: 6/27/2011-S. APROX. EXPEDIENTE SUSPENSO
Resumen:
La ley actual establece distritos de colegios comunitarios, administrados por una junta directiva, en todo el estado, y autoriza a estos distritos a brindar instrucción a los estudiantes en los campus de colegios comunitarios mantenidos por los distritos. Este proyecto de ley autorizaría a la junta directiva de un distrito a denegar la inscripción, permitir la inscripción o permitir la inscripción condicional a cualquier persona que haya sido expulsada de un colegio comunitario dentro de los 5 años anteriores o que, en el momento de la solicitud, sea someterse a procedimientos de expulsión, por ciertas ofensas, según se dispone, si la junta determina que la persona continúa representando un riesgo para la seguridad de los demás. Este proyecto de ley requeriría que la junta o un delegado celebre una audiencia, antes de tomar medidas para negar la inscripción o permitir la inscripción condicional, antes de determinar si la persona continúa representando un riesgo. El proyecto de ley autorizaría a la junta directiva de un distrito a delegar su autoridad bajo estas disposiciones al superintendente o presidente del distrito, oa su designado. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones conexas y otras leyes vigentes.
AB 322 (Portero D) Pruebas forenses: kits de violación.
Estatus 6/28/2011: del presidente del comité, con enmiendas del autor: enmendar y volver a remitir al comité. Leída por segunda vez, enmendada y referida nuevamente a Com. en la PUB. S.
Ubicación: 6/28/2011-S. PUB. S.
Resumen:
Requeriría que las agencias locales encargadas de hacer cumplir la ley responsables de tomar o recopilar pruebas de los kits de violación informen anualmente al Departamento de Justicia información estadística relacionada con las pruebas y la presentación para el análisis de ADN de los kits de violación, según se especifica. El informe inicial vence el 1 de julio de 2013. Los informes recibidos por el departamento estarán sujetos a inspección en virtud de la Ley de Registros Públicos de California. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones conexas y otras leyes vigentes.
AB 364 (Bonilla D) Restitución: embargos de bienes: fraude y malversación.
Estatus 6/28/2011-Leído por segunda vez. Ordenado a tercera lectura.
Ubicación: 6/28/2011-S. TERCERA LECTURA
Resumen:
La ley actual establece penas mayores en el caso de una persona que comete 2 o más delitos relacionados, un elemento material de los cuales es fraude o malversación, que involucran un patrón de conducta de delito relacionado, y el patrón de conducta de delito relacionado involucra la toma o pérdida de más de $100,000, y además establece que el tribunal puede conservar los activos o la propiedad, según se especifica, para pagar la restitución y las multas impuestas en relación con esas penas mejoradas. Este proyecto de ley, además, dispondría la preservación de bienes y propiedades por parte de la corte para pagar todas las restituciones y multas, y aplicaría esas disposiciones de preservación de bienes en el caso de una persona que comete un solo delito grave, un elemento material de los cuales es fraude o malversación, si esa conducta implica la toma o pérdida de más de $ 100,000. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones conexas y otras leyes vigentes.
AB 446 (Carter D) Menores: programa de justicia restaurativa.
Estatus 6/28/2011-En comisión: Fijar primera audiencia. Pasaje fallido. Reconsideración concedida.
Ubicación: 6/28/2011-S. PUB. S.
Resumen:
Autorizaría a un condado a adoptar un programa de justicia restaurativa para abordar las necesidades de los menores, las víctimas y la comunidad. El proyecto de ley requeriría que el programa de justicia restaurativa se implemente a través de un protocolo de justicia restaurativa desarrollado por el tribunal de menores junto con el fiscal, el defensor público y otros grupos interesados. El proyecto de ley prohibiría el uso de dinero del Fondo General para financiar el programa. El proyecto de ley incluiría conclusiones y declaraciones relacionadas.
AB 454 (Silva R) Órdenes de protección: terminación anticipada.
Estatus 6/27/2011-En Asamblea. Concurrencia en enmiendas del Senado pendiente. Puede ser considerado a partir del 29 de junio de conformidad con el Reglamento de la Asamblea 77.
Ubicación: 6/27/2011-A. CONCURRENCIA
Resumen:
Requeriría, si una acción se presenta con el fin de terminar o modificar órdenes de protección específicas antes de su vencimiento por una parte que no sea la parte protegida, que se notifique a la parte protegida por la orden, como se especifica, del procedimiento escuchar esa acción antes de la audiencia, como se especifica. El proyecto de ley requeriría que un tribunal deniegue la moción para modificar o terminar la orden sin perjuicio o continuar la audiencia si la parte no puede ser notificada antes de la audiencia, siempre que, al demostrar una buena causa, el proyecto de ley autorizaría a un tribunal a especificar otro método para el servicio del proceso que está razonablemente diseñado para proporcionar un aviso real a la parte protegida. El proyecto de ley permitiría a la persona protegida renunciar a su derecho de notificación en circunstancias específicas.
AB 520 (Amiano D) Vehículos: conducción temeraria: suspensión de licencias.
Estatus 6/28/2011: del presidente del comité, con enmiendas del autor: enmendar y volver a remitir al comité. Leída por segunda vez, enmendada y referida nuevamente a Com. en la PUB. S.
Ubicación: 6/28/2011-S. PUB. S.
Resumen:
Pondría fin a la suspensión de la licencia de conducir y haría que la persona fuera elegible para una licencia de conducir restringida, para una persona condenada por conducir de manera imprudente en satisfacción o en sustitución de un cargo original de conducir bajo la influencia, si se cumplen ciertas condiciones , incluido que la persona complete un período de suspensión de 90 días e instale un dispositivo de bloqueo de encendido. El proyecto de ley requeriría que el departamento informe a la persona de las condiciones anteriores. El proyecto de ley requeriría que el privilegio de la licencia de conducir restringida esté sujeto a ciertas restricciones, incluido que el privilegio se limite a las horas necesarias para conducir desde el lugar de trabajo de la persona.
AB 545 (Juan A Pérez D) Violencia doméstica: lesiones corporales.
Estatus 6/28/2011-En comisión: Fijado, primera audiencia. Testimonio tomado. Se fijará más audiencia.
Ubicación: 6/28/2011-S. PUB. S.
Resumen:
Bajo la ley actual, cualquier persona que intencionalmente inflige lesiones corporales que resulten en una condición traumática a una persona que es su cónyuge, ex cónyuge, conviviente, ex conviviente o la madre o el padre de su hijo, es culpable de un delito grave , punible como se especifica. Este proyecto de ley haría que esas disposiciones se apliquen a la imposición de ese tipo de lesión al prometido o prometida de esa persona o a alguien con quien la persona tenga, o haya tenido previamente, una relación de noviazgo o compromiso. Al ampliar el alcance de un delito, el proyecto de ley impondría un programa local exigido por el estado. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones conexas y otras leyes vigentes.
AB 588 (Manuel Pérez D) Tenencia: víctimas de violencia doméstica.
Estatus 6/27/2011-En Asamblea. Encargado de Engrosar y Matricular.
Ubicación: 6/27/2011-A. INSCRIPCIÓN
Resumen:
La ley actual autoriza a un inquilino a notificar al propietario por escrito que él o ella o un miembro del hogar, según se define, fue víctima de un acto de violencia doméstica y tiene la intención de rescindir el contrato de arrendamiento, y exige que el inquilino adjunte una copia de una orden de restricción, orden de protección de emergencia o un informe de un oficial del orden público al aviso. La ley actual permite que el arrendatario desaloje el inmueble después de la notificación y limita la obligación del arrendatario de pagar el alquiler, según lo especificado. La ley actual requiere que el aviso de terminación del arrendamiento se dé dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que se emitió la orden o se hizo el informe, o según se especifique. En cambio, este proyecto de ley requeriría que la notificación para rescindir el arrendamiento se dé dentro de los 180 días posteriores a la fecha en que se emitió la orden o se hizo el informe, o según se especifique. El proyecto de ley también haría correcciones técnicas no sustanciales.
AB 648 (Bloquear D) Clemencia.
Estatus 6/28/2011-Del comité: Aprobar y volver a referir a Com. en APR. (Sí 7. No 0.) (27 de junio). Re-referido a Com. en APR.
Ubicación: 6/28/2011-S. APROX.
Resumen:
Requeriría que, al menos 10 días antes de que el Gobernador actúe sobre cualquier solicitud de conmutación, la solicitud firmada por la persona que solicita se entregue al fiscal de distrito del condado donde se emitió la condena. El proyecto de ley autorizaría al fiscal de distrito a presentar una recomendación por escrito al gobernador a favor o en contra de la conmutación de la sentencia. El proyecto de ley requeriría además que el fiscal de distrito notifique a la víctima o víctimas del delito o delitos relacionados con la solicitud de conmutación de la sentencia y a los familiares de esas personas, y permitiría que esas personas presenten una recomendación al Gobernador a favor o en contra de la conmutación de la sentencia. frase. Al imponer deberes adicionales al fiscal de distrito, este proyecto de ley crearía un programa local exigido por el estado. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones conexas y otras leyes vigentes.
AB 764 (Swanson D) IRPF: aportaciones voluntarias: Fondo de Niños Víctimas de la Trata de Personas.
Estatus 6/29/2011-Apruébese enmendado y vuelva a remitirse al Comité de Asignaciones.
Ubicación: 6/29/2011-S. APROX.
Resumen:
La legislación vigente relativa a la administración del impuesto sobre la renta de las personas físicas autoriza a los contribuyentes personas físicas a aportar cantidades en exceso de su obligación tributaria para el sostenimiento de determinados fondos o cuentas. Este proyecto de ley permitiría a un contribuyente individual designar en la declaración de impuestos, que una cantidad específica en exceso de la obligación tributaria se transfiera al Fondo para Niños Víctimas de la Trata de Personas establecido en el Tesoro del Estado. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones relacionadas.
AB 765 (achadjiano R) Delitos: violación.
Estatus 6/28/2011-En comisión: Fijado, primera audiencia. Testimonio tomado. Se fijará más audiencia.
Ubicación: 6/28/2011-S. PUB. S.
Resumen:
La ley actual prevé varias circunstancias que constituyen violación, incluido un acto de relación sexual realizado con una persona que no es el cónyuge del perpetrador cuando la persona se somete bajo la creencia de que la persona que comete el acto es el cónyuge de la víctima, y ​​esta creencia es inducida por artificio, simulación u ocultamiento practicado por el acusado, con la intención de inducir la creencia. Este proyecto de ley dispondría adicionalmente que este tipo de violación ocurre cuando la persona se somete bajo la creencia de que la persona que comete el hecho es conviviente de la víctima, según lo dispuesto. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones conexas y otras leyes vigentes.
AB 813 (Fletcher R) Delincuentes sexuales: pena: libertad condicional.
Estatus 6/28/2011-Del comité: Aprobar y volver a referir a Com. en APR. con recomendación: a consentir calendario. (Sí 4. No 0.) (28 de junio). Re-referido a Com. en APR.
Ubicación: 6/28/2011-S. APROX.
Resumen:
La ley actual crea la Junta de Administración de Delincuentes Sexuales, dentro de la jurisdicción del Departamento Correccional y de Rehabilitación, facultada para abordar cualquier asunto, inquietud y problema relacionado con la administración comunitaria de los delincuentes sexuales adultos, incluido el objetivo principal de la junta de lograr una mayor seguridad. comunidades al reducir la victimización. Se requiere que la junta, el 1 de julio de 2011 o antes, desarrolle y actualice estándares para la certificación de profesionales de gestión de delincuentes sexuales. Este proyecto de ley daría a los miembros de la junta inmunidad de responsabilidad por su conducta de buena fe. El proyecto de ley establecería que cualquier persona que a sabiendas proporcione información falsa en relación con una solicitud de certificación como profesional de administración de delincuentes sexuales estaría sujeta a una sanción civil de hasta $1,500, además de cualquier otro recurso disponible para la junta, y permitiría a cualquier fiscal presentar una acción por una sanción civil en nombre del pueblo del Estado de California. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones conexas y otras leyes vigentes.
AB 886 (Cocinar R) Derechos de la víctima: declaración de impacto en la víctima.
Estatus 6/27/2011-En Asamblea. Encargado de Engrosar y Matricular.
Ubicación: 6/27/2011-A. INSCRIPCIÓN
Resumen:
La ley actual establece los derechos de las víctimas de delitos, los testigos y otras personas específicas a comparecer, expresar razonablemente sus opiniones y que el tribunal considere sus declaraciones. Este proyecto de ley prohibiría a la corte divulgar las declaraciones al público antes de ser escuchadas en la corte.
AB 898 (Alejo D) Víctimas del delito: restitución: multa.
Estatus 6/28/2011-Del comité: Aprobar y volver a referir a Com. en APR. (Sí 7. No 0.) (27 de junio). Re-referido a Com. en APR.
Ubicación: 6/28/2011-S. APROX.
Resumen:
Haría que la multa de restitución mínima no sea inferior a $300, si la persona es condenada por un delito grave, y no menos de $150, si la persona es condenada por un delito menor, y haría otros cambios conformes. Al aumentar las cantidades depositadas en el Fondo de Restitución, este proyecto de ley haría una apropiación.
SB 92 (Comité de Presupuesto y Revisión Fiscal) Ley de Presupuesto de 2011.
Estatus 7/1/2011-Firmado por el Gobernador
Ubicación: 7/1/2011-S. CAPÍTULO
Resumen:
La ley actual crea el Consejo de Emergencia de California que consta de ciertos miembros y le asigna ciertos poderes y deberes. Este proyecto de ley, a partir del 1 de enero de 2012, eliminaría el Consejo de Emergencia de California y facultaría a la Agencia de Manejo de Emergencias de California para servir como el consejo de desastres del estado para los propósitos del Acuerdo Maestro de Ayuda Mutua de Defensa Civil y Desastres de California. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones conexas y otras leyes vigentes.
SB 119 (Löwenthal D) Instalaciones de albergue juvenil de emergencia.
Estatus 6/30/2011-Leído por segunda vez y enmendado. Re-referido a Com. en APR.
Ubicación: 6/30/2011-A. APROX.
Resumen:
Incluiría con la definición de un centro de atención comunitaria un centro de refugio de emergencia para jóvenes, según se define, para jóvenes específicos de al menos 12 años de edad y menores de 18 años, excepto cuando se especifique, que no tienen hogar o corren el riesgo de quedarse sin hogar. El proyecto de ley requeriría que el departamento adopte regulaciones para estas instalaciones antes del 1 de enero de 2013, como se especifica. Hasta la adopción de las reglamentaciones, el proyecto de ley requeriría que el departamento otorgue a las instalaciones que cumplan con la definición de refugio de emergencia para jóvenes una exención de los estándares de licencia actuales, bajo ciertas circunstancias. Este proyecto de ley permitiría que un refugio de emergencia para jóvenes que opera bajo una licencia de hogar grupal solicite una transferencia inmediata a una licencia de refugio de emergencia para jóvenes, una vez que se adopten las reglamentaciones requeridas por el proyecto de ley. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones conexas y otras leyes vigentes.
SB 233 (pavley D) Servicios y atención de urgencias.
Estatus 6/28/2011-Del comité con enmiendas del autor. Leído por segunda vez y corregido. Re-referido a Com. en salud.
Ubicación: 6/28/2011-A. SALUD
Resumen:
Reformularía la definición de servicios y atención de emergencia para incluir a otras personas con licencia apropiadas que actúen dentro del alcance de su licencia bajo la supervisión de un médico y un cirujano. Este proyecto de ley ampliaría la definición de consulta para que también signifique la toma de una decisión con respecto a la hospitalización o el traslado y establecería que la consulta incluye la revisión del expediente médico del paciente, el examen y el tratamiento del paciente en persona por parte de un médico consultor y un cirujano cuando se determine ser médicamente necesario conjuntamente por el médico tratante y el cirujano y el médico consultor y el cirujano, o por otro personal apropiado que actúe dentro de su ámbito de práctica o licencia bajo la supervisión de un médico y un cirujano. El proyecto de ley autorizaría al médico tratante y al cirujano a solicitar comunicarse directamente con el médico consultor y el cirujano, y requeriría que el médico consultor y el cirujano examinen y traten al paciente en persona cuando se determine que es médicamente necesario, como se especifica. Este proyecto de ley ampliaría la definición de cuándo ha ocurrido la estabilización de un paciente para incluir la opinión de otras personas con licencia apropiadas que actúen dentro del alcance de su licencia bajo la supervisión de un médico y un cirujano. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones conexas y otras leyes vigentes.
SB 428 (Strickland R) Ley de Lester de 2011.
Estatus 6/27/2011-Del comité con enmiendas del autor. Leído por segunda vez y corregido. Re-referido a Com. en APR.
Ubicación: 6/27/2011-A. APROX.
Resumen:
La ley actual generalmente regula el acceso gubernamental a los registros financieros. La ley vigente establece que no se prohibirá la difusión de registros de conformidad con disposiciones específicas. Este proyecto de ley incluiría dentro de esa categoría de registros cuya difusión no estará prohibida, la difusión de información financiera y registros de conformidad con una orden de un juez bajo autoridad específica relacionada con el fraude hipotecario. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones conexas y otras leyes vigentes.
SB 490 (Hancock D) Pena de muerte.
Estatus 6/28/2011-Del comité con enmiendas del autor. Leído por segunda vez y corregido. Re-referido a Com. en la PUB. S.
Ubicación: 6/28/2011-A. PUB. S.
Resumen:
Aboliría la pena de muerte y dispondría en su lugar el encarcelamiento en la prisión estatal de por vida sin posibilidad de libertad condicional. El proyecto de ley detendría las ejecuciones a menos que los votantes no aprueben este proyecto de ley y establecería que cuando un acusado o recluso haya sido sentenciado a muerte antes de la fecha de promulgación del proyecto de ley, con la aprobación de este proyecto de ley por parte de los votantes, la sentencia del acusado o recluso sería convertirse automáticamente en cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional. El proyecto de ley establecería las conclusiones y declaraciones de la Legislatura con respecto a la pena de muerte. El proyecto de ley establecería que solo entraría en vigencia si algunas de sus disposiciones son presentadas y aprobadas por los electores en las próximas elecciones generales estatales.
SB 534 (Corbett D) Víctimas de agresión sexual.
Estatus 6/28/2011-Leído por segunda vez y enmendado. Re-referido a Com. en APR.
Ubicación: 6/28/2011-A. APROX.
Resumen:
(1) La ley actual establece que ningún costo incurrido por un profesional de la salud calificado, hospital u otro centro médico de emergencia para el examen de la víctima de una agresión sexual con el fin de recopilar pruebas para un posible enjuiciamiento se cargará directa o indirectamente a la víctima del asalto. La ley actual establece que la agencia de aplicación de la ley en la jurisdicción en la que se cometió la supuesta agresión sexual que solicita el examen tiene la opción de determinar si el examen se realizará o no en el consultorio de un médico y cirujano, y las facturas correspondientes. los costos se someterán a esa jurisdicción local y la jurisdicción local correrá con esos costos. Este proyecto de ley eliminaría la disposición que requiere que los costos se traten como costos locales y se carguen a la agencia del gobierno local en cuya jurisdicción se cometió el presunto delito, y la disposición de que las facturas por los costos se presentarán a la agencia local de aplicación de la ley. Este proyecto de ley eliminaría la disposición que da a la agencia local de cumplimiento de la ley la opción de realizar o no el examen en el consultorio de un médico y un cirujano. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones conexas y otras leyes vigentes.
SB 557 (Kehoe D) Centros de justicia familiar.
Estatus 6/28/2011-Pase, en su forma enmendada, al Calendario de Consentimiento.
Ubicación: 6/28/2011-A. CALENDARIO DE CONSENTIMIENTO
Resumen:
Autorizaría a las ciudades de San Diego y Anaheim, y a los condados de Alameda y Sonoma, hasta el 1 de enero de 2014, a establecer un centro de justicia familiar multidisciplinario y de múltiples agencias para ayudar a las víctimas de violencia doméstica, violencia doméstica involucrada por un oficial, agresión sexual, ancianos o abuso de adultos dependientes, acecho, ciberacoso, ciberacoso y trata de personas, para garantizar que las víctimas de abuso puedan acceder a todos los servicios necesarios en un solo lugar y para mejorar la seguridad de las víctimas, aumentar la responsabilidad del delincuente y mejorar el acceso a los servicios para las víctimas del delito , según lo previsto. El proyecto de ley permitiría que los centros de justicia familiar cuenten con personal policial, médico, de servicios sociales y de bienestar infantil, entre otros. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones relacionadas.
SB 576 (Calderón D) Sentencia.
Estatus 6/28/2011-Leído por segunda vez y enmendado. Re-referido a Com. en APR.
Ubicación: 6/28/2011-A. APROX.
Resumen:
La ley actual establece que la mayoría de los delitos graves se castigan con una tríada de términos de encarcelamiento en la prisión estatal, compuestos por términos bajos, medios y altos. La ley anterior que requería que el tribunal impusiera el término medio, a menos que hubiera circunstancias que agravaran o atenuaran el delito, se modificó para establecer que la elección del término apropiado queda dentro de la sana discreción del tribunal. Las disposiciones actuales relacionadas con los aumentos de sentencia relacionados con actividades criminales de pandillas callejeras, armas de fuego y sentencias, vigentes hasta el 1 de enero de 2012, generalmente especifican que el término apropiado queda a discreción del tribunal. La ley actual, en vigor a partir del 1 de enero de 2012, en cambio requiere que el tribunal imponga el término medio, a menos que existan circunstancias que atenúen o agraven el delito. Este proyecto de ley extendería hasta el 1 de enero de 2014, las disposiciones de ley que disponen que el tribunal deberá, a su discreción, imponer el término o ampliación que mejor sirva a los intereses de la justicia. El proyecto de ley también haría cambios conformes. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones relacionadas.
SB 601 (Hancock D) Correccionales: prisiones: informe de rendición de cuentas.
Estatus 6/28/2011-Del comité con enmiendas del autor. Leído por segunda vez y corregido. Re-referido a Com. en la PUB. S.
Ubicación: 6/28/2011-A. PUB. S.
Resumen:
Requeriría que el Secretario del Departamento de Correccionales y Rehabilitación desarrolle un Informe de responsabilidad de correccionales que contenga información específica sobre cada institución, incluido, entre otra información, el presupuesto total, incluidos los gastos reales, vacantes de personal, horas extra, licencia por enfermedad; y la cantidad de puestos de personal autorizados, y la duración promedio de los cierres, el 10 de enero, el 15 de marzo y un informe de fin de año fiscal, y publicar esos informes en el sitio web de Internet del departamento, según lo dispuesto.
SB 861 (Corbett D) Contratos públicos: elegibilidad del contrato: minerales de conflicto en la República Democrática del Congo.
Estatus 6/28/2011-Del comité: Aprobar y volver a referir a Com. sobre J., ED & E. (Sí 8. No 0.) (28 de junio). Re-referido a Com. en J., ED y E.
Ubicación: 6/28/2011-A. J., ED y E.
Resumen:
La ley actual autoriza la contratación entre agencias estatales y contratistas privados y establece los requisitos para la adquisición de bienes y servicios por parte de agencias estatales y las diversas responsabilidades de las agencias estatales y el Departamento de Servicios Generales en la implementación de procedimientos y políticas de contratación estatal. Este proyecto de ley prohibiría que una empresa examinada, según se define, celebre un contrato con una agencia estatal por bienes o servicios, según se disponga. Este proyecto de ley contiene otras disposiciones relacionadas.